Reseña histórica
RESEÑA HISTORICA DE LA CORPORACION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DEL CHOCO CODECHOCO, ANTES HASTA SU TRANSFORMACION CON LA LEY/99
La Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó, fue creada por el Decreto No.760 del 24 de mayo de 1968, el Doctor DOUGLAS BOTERO BOSHELL, en ese entonces Ministro de Comunicaciones, fue encargado de la presidencia de la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó, a partir de la misma fecha de la expedición del Decreto, siendo reemplazado durante su enfermedad por el doctor RENE VAN MEERBEKE RESTREPO, Jefe del Departamento Administrativo de la Aeronáutica Civil, quien durante su presidencia en la Corporación Nacional se desarrollaron las siguientes actividades:
- Se reunió dos veces la Junta directiva para reemplazar y definir los trabajos básicos de la Corporación.
- Coordinó al Hudson Institute y al Laboratorio Hidráulico de Francia, entidades que elaboraron sendos estudios sobre el desarrollo hidráulico del Chocó.
- Se contrató con INGETEC, con fondos del Departamento de Planeación Nacional (FONADE), y siendo de interventor el Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, el estudio de facilidad del proyecto Hidroeléctrico del río San Juan.
- Se elaboran los estatutos de la Corporación.
- Se logró del Ministerio de Desarrollo una apropiación presupuestal de 3 y 5 millones para 1968 y 69 respectivamente.
- Luego el 15 de marzo de 1969 se posesionó de la Presidencia de la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó, el doctor MAURICIO OBREGÓN.
Durante su presidencia se organizó definitivamente el engranaje administrativo de la Corporación y se montaron la Oficinas y se retiro del cargo en 1970 y en su reemplazo tomo posesión del cargo el doctor ARMANDO PEREA ROSERO, quien laboro durante el periodo comprendido entre 1970 a 1975, en esta administración en los años 70 se asumieron del Comité pro-remodelación de la ciudad, mediante Decreto 1454 del mismo año par a depender del Ministerio de agricultura.
Luego en el año de 1976 entra a ser parte del Departamento Nacional de Planeación en 1980 ejecuta el Proyecto DIAR (Desarrollo Integral Agrícola y Rural) en cooperación con los Países bajos, con lo cual obtuvo un impacto significativo.
Años más tarde a través del Decreto 3449 del 17 de diciembre de 1983, se modificaron los artículos 4º ,6º ,7º, y 8º del Decreto 760 de 1968. Dando a la Corporación Nacional la Administración, Conservación, manejo y fomento de los recursos naturales renovables y del medio ambiente en las cuencas hidrográficas del Río Atrato y vertiente occidental del Golfo de Urabá, para efectos de estos se asumen los aprovechamientos forestales mayores de 10.000 metros cúbicos, coadministrados mediante Convenio con el Instituto Nacional de los Recursos Naturales y del Ambiente – INDERENA.
Mediante el Decreto 273 del 28 de enero de 1985, se aprobó la organización interna y se fijaron funciones a las dependencias de la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó CODECHOCO.
Mediante Acuerdo No.14 de la Juta Directiva del 10 de mayo de 1985 se adoptaron los Estatutos de la Corporación Nacional y fueron aprobados mediante el Decreto 1697 del 24 de junio de 1985.
Con la expedición de la Ley 99 del 23 de diciembre de 1993, que crea el Ministerio del Medio Ambiente y suprime al Inderena, CODECHOCO sufre cambios profundos, se amplia su jurisdicción que pasa a ser todo el departamento del Chocó (4’700.000 hectáreas aproximadamente) generándole nuevas responsabilidades y funciones que obligan a enfrentar un nuevo reto institucional.
El artículo 39 de la Ley 99 de 1993, redefine las funciones de la Corporación y transforma a la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó – CODECHOCO en la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó CODECHOCO.
La Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó CODECHOCO es la primera autoridad ambiental del Departamento del Chocó, como tal es la responsable de poner en marcha las políticas nacionales en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables, observando los principios generales ambientales como fundamentos de la Política ambiental Colombiana, definidos en el artículo 1º de la Ley 99 de 1993.